lunes, 16 de noviembre de 2009

Delito y pobreza

Soledad Villoldo
La pobreza sigue jugando un papel preponderante cuando nos adentramos en el análisis de nuestro sistema penal, y su relación con niños, jóvenes y adultos. Según el Mapa de la Discriminación, Representaciones, Acciones y Percepciones acerca de la Discriminación en la República Argentina, realizado por el INADI durante el período 2008-2009, 9 de cada 10 argentinos/as creen que se discrimina a personas en situación de pobreza. En nuestra provincia, según la misma fuente, la principal causa de discriminación, con el 34,7% es el nivel socioeconómico, con el agravante de que el 86,9 % de los salteños que padecen la misma no denuncia hechos de este tipo, y el 51,2% no sabe cómo defenderse frente a ella, aun cuando el procedimiento consiste sólo en hacer la denuncia frente al INADI, quien luego de una breve investigación expresa en un dictamen no vinculante si el hecho constituye o no una situación discriminatoria según ley 23.592, pudiendo luego judicializar el reclamo.
Si estos son los índices de discriminación en Salta por el hecho de parecer pobre, es lógico pensar que una persona pobre es más propensa a ser denunciada o detenida por esta condición, sin importar si realmente cometió algún delito. En la Argentina hay 12.237.325 de niños y niñas entre 0 y 17 años. Casi 5 millones son pobres (el 40,9%) y 1.700.000 (14,3%) indigentes. Hay en el país 119 establecimientos de privación de la libertad de menores, de los cuales treinta y nueve contradicen la Convención de los derechos del niño, permitiendo el encierro mayor a 72 horas en comisarias o cárceles de adultos. Es por todos conocido que siempre fue evidente la ventaja que posee quien más tiene cuando enfrenta a la maquinaria judicial, pero esta situación se fue agravando con el correr de los años, a punto tal que podríamos considerarla una falla del propio sistema, que no es ejecutada a sabiendas, o al menos no en todos los casos. Según estadísticas pertenecientes al año 2007, ingresaron a nuestros tribunales 147.277 causas en Salta, de las cuales 5.029 corresponden a causas penales en los juzgados de menores. El Ministerio Público sólo cuenta con nueve defensores penales oficiales, quienes, no por impericia pero sí por falta de tiempo y recursos, se ven imposibilitados de brindar una correcta atención a los imputados.
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Por su parte, una defensa penal particular es relativamente costosa ($150 aproximadamente, entre estampillas y gastos causídicos, y $1500 a $5000 de honorarios profesionales), dependiendo de lo complejo del caso, pero no deja de ser casi inalcanzable para los que menos tienen. Cuando la imputación es leve, los menores son llevados a la comisaria del menor, en donde estarán hacinados por unos días hasta que el juez de turno los entregue a sus padres. Y he aquí una oportunidad de oro para torcer la historia de estos jóvenes, que es desaprovechada por el Estado: no se indaga con mayor profundidad en la situación de vida que están atravesando, la cual posiblemente los haya llevado a acercarse al delito. Los jóvenes se vuelven a sus casas sin haber sumado herramientas de aprendizajes que impliquen una mejoría en sus vidas. A no dudarlo: se podría hacer mucho más. En efecto, las posibilidades son múltiples, tales como la realización de amplios informes socioambientales, psicológicos, exámenes físicos, de nutrición, seguimiento de la evolución del menor, brindarle información sobre opciones de vida (educativas, laborales -según la edad-, deportivas, etc.) Claro está que enfrentamos una constante escasez de recursos, o al menos eso es lo que el Estado nos hace saber.
¿Es cierto, entonces, que no existe Justicia para los pobres? He aquí la inquietante respuesta de Luis Federico Arias, magistrado del Juzgado en lo Contencioso Admisistrativo de la Plata: “Mi fallo que prohíbe las detenciones de menores por contravenciones y averiguación de antecedentes rige hasta que la Corte Suprema bonaerense no se expida. Es grave si en una comisaría han violado la orden judicial: espero que haya el mismo rigor para juzgar a los policías como el que se tiene con los menores. Hace poco tiempo mataron a un muchacho en un patrullero con un tiro en la cabeza y los policías fueron liberados. Ahí no se dice (…) que entran por una puerta y salen por la otra. La Justicia tiene que ser pareja para todos. Pasa lo mismo con mis denuncias contra funcionarios públicos: las causas son archivadas. Hay una Justicia para pobres. No es verdad que los pobres no tengan acceso a la Justicia: lo tienen, pero en la justicia penal (...) se criminaliza a los menores: se los considera delincuentes, asesinos y drogadictos (…) Hay un terrorismo estatal silencioso y una falta de atención notable hacia las personas que se encuentran en situación de extrema pobreza y vulnerabilidad”. (Diario Crítica de la Argentina 18/10/09). Observamos, petrificados, un aluvión de hechos luctuosos que involucran niños y adolecentes. En su mayoría tienen como caldo de cultivo a la Pobreza.
En nuestra Provincia, lejos de acercarnos a las soluciones, presenciamos inverosímiles discusiones que parecían zanjadas en el siglo pasado, tal el caso del servicio militar obligatorio o el trabajo infantil, como métodos mágicos que resolverían la dramática situación de los jóvenes. Así lo manifestaron a cuanta cámara de televisión se prendiera algunos personajes públicos. Recuérdese a Juan Ángel Pérez, intendente de La Merced, al diputado Carlos “Querubín” Sosa en plena sesión de Cámara, a Omar Soches López, en el mismo recinto, y hasta al benemérito director de la Junta Arquidiocesana de Catequesis del Arzobispado de Salta, quien manifestó que "la vuelta del trabajo infantil sería el mal menor". En la Argentina el trabajo infantil afecta a dos millones de chicos de entre 5 y 14 años. En Salta podemos ver chicos que limpian vidrios de autos, hacen malabares por monedas, lustrabotas, vendedores de estampitas, o que se dedican al cultivo de tabaco, etc. Sin embargo, también aumentaron las denominadas “peores formas” de trabajo infantil, que están contempladas en la ley 25.255 del año 2000, y que incluyen a la esclavitud, a la oferta de niños para la explotación sexual, el tráfico de estupefacientes y todo aquello que por las condiciones en que se lleva a cabo, daña la salud, la seguridad o la moral de los niños. El agravante de la apología del trabajo infantil realizada en nuestra provincia, viene dado por provenir de hacedores de leyes y formadores de opinión. Para desbaratar estos dichos, sólo es necesario recordar que, desde 1994, nuestra Constitución Nacional incorporó a su artículo 75, inciso 22, la Convención Internacional sobre los Derechos del Nino, cuyo contenido y jerarquía jurídica obliga a nuestro país a proteger a nuestros niños, no precisamente con trabajo pero sí con salud y educación.

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