lunes, 2 de noviembre de 2009

Se presume culpable

Cerca del 50% de los encarcelados en nuestra provincia no tiene condena, una situación que trae aparejados no sólo inconvenientes de tipo legal, sino también de lógica, puesto que se les aplica primero la pena, para luego determinar si les corresponde o no la pena que ya están cumpliendo, inconveniente este último que no se subsanaría incluso arribando a una sentencia condenatoria.
Por Gabriel Sánchez

Efectivamente, son 1.800 las personas que están privadas de su libertad en unidades carcelarias salteñas, de las cuales casi la mitad son inocentes. Los datos fueron elaborados en agosto de este año por el Servicio Penitenciario ante un pedido del diputado Durand Cornejo. Dadas a conocer por el Ministerio de Justicia, Seguridad y DDHH, confirman que el 48% (864) del total están siendo investigadas para determinar si son o no merecedoras de una pena de encierro por la comisión del delito que se les imputa. Se podrá apreciar que la situación de estas personas trae aparejados no sólo inconvenientes de tipos legales, sino también de lógica, puesto que se les aplica primero la pena, para luego determinar si les corresponde o no la pena que ya están cumpliendo, inconveniente este último que no se subsanaría incluso arribando a una sentencia condenatoria.
El inconveniente legal está dado por el principio de inocencia, contemplado en la Constitución Nacional (art. 18 y 75 inc. 22) cuando establece que “nadie puede ser penado sin juicio previo”. La prisión preventiva es una pena que se aplica sin haberse llevado a cabo un juicio del cual surja una sentencia condenatoria, la cual, luego de su apelación, quedará firme. Recién en ese momento una persona es considerada culpable y pierde su condición de inocente. De no ser así, la situación sería al revés, en donde todo habitante sería culpable hasta tanto él no demuestre su inocencia. Por ello, el instituto de la prisión preventiva debe usarse en casos extremos, cuando la posibilidad de fuga del acusado o entorpecimiento de la causa se derive de su comportamiento evasivo de la justicia y de sus posibilidades fácticas de concreción, cercanas a la certeza, que le impidan gozar de uno de los derechos fundamentales que le asisten.

El encierro como regla

En la práctica, aguardar el proceso privado de la libertad se convirtió en una regla para los sectores más vulnerables de la población, en vez de una medida excepcional. En efecto, la mayoría de los detenidos pertenece a los estratos más bajos en lo económico y educacional, puesto que, según las estadísticas penitenciarias, del total de presos con o sin condena, sólo 175 (menos del 10%) ha terminado el nivel de educación secundario y sólo 8 poseen estudios terciarios o universitarios. El 22% de las personas privadas de la libertad ni siquiera completó el ciclo primario. Pero, además, las unidades carcelarias salteñas albergan a 32 analfabetos. Este cuadro genera el agravante de estigmatizar a dichos sectores, favoreciendo la errónea y prejuiciosa idea de sindicar a los mismos como los únicos que delinquen, creando un estereotipo de delincuente en el imaginario colectivo con componentes clasistas, racistas, etarios, de género y estéticos, magnificado, además, por los medios de comunicación masivos, cuando en realidad el estereotipo acaba siendo el principal criterio selectivo de criminalización. Es decir que el delito no es exclusivo de un solo sector de la sociedad, sino que abarca y lo cometen todos los estratos sociales, pero la criminalización, esto es, la selectividad punitiva que el poder realiza, recae sobre aquellos grupos de personas más vulnerables. De esta forma, el poder punitivo opera como una forma de segregar a aquellos individuos indeseados en una sociedad y por lo tanto, a mayor vulnerabilidad social, mayor es la posibilidad de encierro ante la comisión de un delito, y ante menor vulnerabilidad, las posibilidades de encierro son casi nulas. Vayamos a las cárceles si no y contemos cuántas personas están privadas de su libertad por delitos económicos (llamados de “cuello blanco”), contra la administración pública, terrorismo, etc. Incluso cuando la comisión de un delito con gran repercusión mediática la realizó una persona con poder, no por ello el trato dispensado por la justicia al autor deja de ser casi privilegiado. Pensemos si no en Omar Chabán, condenado a 20 años de cárcel por el incendio de Cromagnon que dejó como saldo 194 muertos y 1,432 heridos, o en el padre Julio Grassi, condenado a 15 años de cárcel por abuso sexual; en ambos casos se resolvió –a pesar de las elevadísimas penas- dejarlos en libertad hasta tanto la sentencia quedara firme.

Más palabras, menos pesos

Ha sido sancionado el decreto Nº 3456/09, que aprueba la reglamentación de la Ley de Mediación articulada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia. Esta normativa viene a saldar una vieja deuda del Estado, habida cuenta de que la Ley Provincial Nº 7.324 de Mediación fue sancionada en el año 2004, habiendo transcurrido cinco años para que se torne operativa esta importante herramienta social que también busca descomprimir las tareas de los juzgados que reciben alrededor de 35.000 expedientes por año.

Por Soledad Villoldo

La Mediación es un método alternativo de resolución de conflictos en forma pacífica y no controversial. Como sus características más salientes, debemos destacar la participación de un tercero imparcial -mediador-, un activo protagonismo de las partes involucradas y el desarrollo de este procedimiento fuera del ámbito de la justicia ordinaria.

El objetivo que se plantea con la puesta en marcha de la Mediación, es obtener una solución a los conflictos de manera más rápida y económica, proponiéndose asimismo descomprimir las tareas de los juzgados, quienes reciben alrededor de 35.000 expedientes por año, entre cuestiones de Familia, Civiles y de Violencia Familiar. Es claro, entonces, que los tribunales ordinarios se encuentran abarrotados de causas de toda índole, y no pueden dar una eficiente respuesta a la ciudadanía en materia de servicio de justicia. Se estima que la Mediación evitará la judicialización de un importante porcentaje de conflictos entre particulares y que podría rondar entre un 20 o 25% de los existentes.

La normativa citada precedentemente dispone que la Mediación sea obligatoria, y previa a la traba de la litis judicial. En una primera etapa, serán las causas vinculadas al derecho de familia las que deberán pasar previamente por este procedimiento. A partir del 1° de enero del año 2010, se incluirán otras materias que no se encuentren expresamente excluidas. No serán objeto de Mediación las cuestiones penales, contravención o falta, con excepción de las acciones civiles derivadas del delito, las cuestiones de derecho laboral, divorcio vincular, separación personal, y nulidad del matrimonio, y otras excluidas según lo normado por el art. 10 de la Ley 7.324.
El procedimiento, que puede ser realizado a través del Centro de Mediadores del Poder Judicial o en un Centro Privado de Mediación, comienza con la solicitud de una o ambas partes del conflicto, debiendo el mediador notificar a la otra parte de la existencia del mismo y citándolo para una audiencia. La cantidad de audiencias que se celebren dependerán de lo dificultoso del desacuerdo planteado y de la buena voluntad de las partes en avenirse a una solución que satisfaga sus intereses. De ser exitoso el procedimiento, se confecciona un acuerdo, el que para tener fuerza ejecutoria de ley deberá ser homologado en sede judicial. En caso de fracasar la Mediación, se extiende a la parte solicitante un certificado, con el que puede iniciar las acciones judiciales correspondientes.

En cuanto a los abogados, vale recalcar que la asistencia letrada en el procedimiento es obligatoria, según lo dispone el art. 4 de la reglamentación. Los abogados percibirán sus honorarios al finalizar el procedimiento. Desde este punto de vista, las ventajas del método alternativo son inmejorables para el letrado, porque aunque sus honorarios sean menores, hecho que contribuye al bajo costo de la Mediación, los cobrará más rápidamente en comparación con un largo proceso judicial, ya que su actividad se limita a unas pocas semanas (treinta días debe durar la mediación, plazo prorrogable por acuerdo de partes y con la anuencia del mediador), lo que permitiría que el abogado multiplique los casos en los que participe. Con respecto al mediador, la normativa aplicable dispone que debe ser un profesional, a diferencia de lo que ocurre en la Mediación Comunitaria, donde el requisito más saliente se encuentra en la necesidad de que el mediador sea una persona de reconocida solvencia material y moral.
Los desafíos planteados en cuanto a la aplicación de la Mediación son múltiples. Es deseable que sea una importante herramienta de resolución de conflictos, alcanzando a la población en su conjunto. Por ello, es necesario llevar una detallada estadística del acontecer de este método. Del mismo modo, es imprescindible el control que debe ejercer el Estado y la ciudadanía misma en vistas al buen desempeño de los Mediadores. Por último, sería plausible la profesionalización de todos los Mediadores de la provincia, para que de ese modo la igualdad de oportunidades para resolver los conflictos esté presente en todo nuestro territorio.
Los reparos
Consultados por Cuarto Poder sobre el tema, algunos profesionales resaltaron ciertos peligros y desventajas del nuevo procedimiento Así, está siempre latente la posibilidad de que el mediador no sea imparcial, o influya en las partes de un modo negativo. Puede ocurrir, asimismo, que las partes logren un acuerdo in peius o inferior comparativamente al que podrían lograr en sede judicial. También es cierto que la Mediación aleja a la población de la justicia ordinaria, quien se ve privada de un importante cúmulo de experiencias que se traducirían en precedentes y normas acordes a la realidad social imperante.

Caminito al costado del mundo

La experiencia ha demostrado que las microfinanzas generan técnicas adecuadas para brindar servicios financieros a los sectores menos favorecidos. En nuestra provincia, desde años atrás es posible visualizar a las microfinanzas como una herramienta para el logro de una organización social sustentable. Desde el Estado y desde el sector privado, se han posicionado como un instrumento clave en la construcción de un nuevo entramado social con diferentes matices y muy diversas características.
Por Gabriela Gutiérrez
La década de los noventa dejó sumida a una gran parte de la sociedad argentina en una situación de vulnerabilidad extrema. La brecha generada entre aquellos que concentran riquezas y los que están despojados de ella, creció de tal manera, que se hizo imperiosa la incorporación de nuevas herramientas para reconstruir el tejido social. Asistimos así a una novedosa conjunción en la cual economía social, acción pública y política cobran relevancia en el escenario actual. Para que esto sea posible ha sido menester recuperar el rol del Estado como actor relevante y protagonista del espacio que le es propio, y del cual fuera despojado en una década nefasta, impregnada de la idea de que achicar el Estado era la mejor alternativa.
Por solo mencionar un ejemplo en el cual se hace visible esa conjunción, baste destacar el impacto que un Programa Nacional como el de Microcréditos ha tenido en los últimos años. Implementado a través de la promulgación de la Ley 26.117 en el año 2006 (a la cual adhirió nuestra provincia), el programa ha financiado a más de 1.200 organizaciones ejecutoras (fundaciones y asociaciones civiles), que proveen de microcrédito a los emprendedores de la economía social en casi todo el país, con el otorgamiento de más de 87 mil créditos. Todo esto se traduce en una inversión a la fecha de 170 millones de pesos, con la fijación, para la aplicación de los fondos públicos, de una tasa de interés máxima del 6% anual, cifra que está muy por debajo de la tasa de mercado. Más allá del hecho fundamental que constituye proveer de microcrédito, asistencia técnica y capacitación a emprendedores excluidos de cualquier otro circuito financiero, el subsidio a la tasa de interés se constituye en un poderoso instrumento de distribución del ingreso.
El otro sendero

La falta de oportunidades laborales, educativas y sanitarias, profundizada por los crecientes índices de desempleo alcanzados en esos años, provocó que un creciente número de familias sufrieran privaciones de todo tipo, que afectaron especialmente su salud, y como consecuencia directa su alimentación y la nutrición de los niños. Esta problemática ha ocasionado que las estrategias de superación de la pobreza contemplen formas alternativas de trabajo, y que las mismas brinden la capacidad de generar ingresos genuinos a este grupo vulnerable de la población. En este marco, los sectores populares desarrollaron multiplicidad de iniciativas de subsistencia, activando diferentes capacidades, redes, vínculos, saberes y recursos que suelen denominarse “estrategias de supervivencia”.
Es aquí donde aparece un elemento clave en la construcción de nuevas alternativas. La Economía Social es una de ellas, y consiste en un sistema de instituciones y prácticas que se da una comunidad para movilizar recursos y capacidades con el fin de producir bienes y desarrollar la comunidad misma en las mejores condiciones posibles. En tanto produce determinadas estructuras sociales y políticas, la definición de ese tipo de economía supone también un proyecto conciente de construcción de otras formas económicas en procura solidaria de una sociedad más justa.
En los últimos años, la leve mejoría de las condiciones económicas en nuestro país ha propiciado un entorno favorable para el crecimiento del sector empresarial en una diversidad de rubros de producción. Sin embargo, este avance no ha arrojado una mejora ni homogénea y menos aún equitativa para el conjunto de las provincias argentinas. En el norte del país persisten las situaciones de atraso y pobreza estructural. Este conjunto, conformado por nueve provincias pertenecientes de las regiones Noreste y Noroeste, ha sido denominado “Región Crítica” en el Informe de Desarrollo Humano (IDH) del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) elaborado para Argentina en el 2005. Esta región crítica está integrada por las provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes. Región castigada y con una población en situación de extrema vulnerabilidad, que ha recibido la asistencia de diferentes programas sociales del Estado Nacional, en algunas oportunidades articulando con sus respectivos gobiernos provinciales, como así también fondos de cooperación extranjera e incluso privados.

En nuestra provincia conviven todos los elementos citados: programas sociales del Estado (en sus varias esferas), cooperación extranjera y financieras privadas. Su accionar, a pesar de sus múltiples y diferentes características, ha permitido reforzar los emprendimientos de una población excluida del sistema laboral “formal”. Este tipo de asistencia ha significado un cambio cualitativo y cuantitativo para estos emprendedores, puesto que ellos no contaban con la posibilidad de acceso al crédito tradicional. Este escenario favoreció también la presencia de las mujeres al frente de los emprendimientos, volviéndolas protagonistas y sostén principal del hogar. Se revalorizaron saberes, se redimensionó el espacio territorial: el barrio nuevamente se constituyó como escenario principal. Toda esta reactivación se sostiene en principios solidarios que refieren directamente al valor de la palabra, la confianza mutua y una idea de comercio justo que les permita una inserción directa en un mercado laboral que los había marginado.
Este nuevo horizonte, en el cual la economía social, la acción pública y la política articulan de forma permanente, precisa además de financiamiento, de la indispensable presencia del Estado. Un Estado que sea capaz de garantizar el marco favorable para una construcción social diferente, y que pueda poner el énfasis en los hombres y no en el mercado, es una necesidad concreta de la sociedad toda. Una economía social, sin la debida voluntad y el respaldo político necesario, no materializa el cambio, no impacta en su población y deja en las márgenes del sistema a un elevado número de habitantes que precisan de su intervención, de sus garantías y de su marco regulatorio.

RECORTE DOCENTE

Y un día se extinguieron por causa natural...
Por Julieta Lucero

El martes pasado la Asamblea Provincial Docente marchó a la Legislatura en repudio a la reducción de horas cátedra sin aumento salarial. Entregaron un documento de rechazo y se fueron con el reconocimiento como actor legítimo en la lucha gremial por parte del presidente de la Cámara de Diputados. A la espera de una respuesta del Ejecutivo, las implicancias del borrador de decreto que se filtró del ministerio.

Se viene otro recorte. Por la crisis financiera, por el dengue, por la gripe A, por la glaciación que extinguió a los dinosaurios –aunque no a todos-, el sector docente está nuevamente en lucha contra un posible recorte salarial. Hace unas semanas se dio a conocer un documento del Gobierno en el que se plantea una reducción en el máximo de horas cátedra a las que puede aspirar, se señala un nuevo régimen de compatibilidades e incompatibilidades laborales tanto para públicos como para privados, pero nada dice sobre un reajuste del sueldo a favor de los trabajadores.

Al parecer, el “Borrador preliminar” (29/09/2009), nombre que se dio al texto, se habría filtrado del Ministerio de Educación y luego lo habría dado a conocer el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP). Concretamente, lo que plantea es que se deroguen los artículos 1 y 3 del decreto 14/91, norma en la que se estipula el régimen de incompatibilidades para la ocupación de puestos y el desempeño de funciones en el sector provincial. Esa derogación posibilitaría la reestructuración de acumulación de cargos y horas cátedra. Se pasaría, entonces, de un tope de 66 horas cátedra a uno de 45: 36 titulares y 9 interinas o suplentes.

Si bien esa modificación es celebrada por los docentes, que hace años reclaman el máximo de 45, nada dice sobre el valor de cada hora cátedra, que en la actualidad se calcula en relación al cargo testigo de un maestro de primaria (1-17,1). Por lo tanto, si bien el borrador de decreto no especifica una reducción salarial clara, sí disminuye el sueldo máximo posible, al impedir que el trabajador se someta a más horas de trabajo para acumular más dinero.

Aun cuando podría leerse como un buen gesto del Gobierno, el hecho de poner un límite a la autoexplotación a la que el romerismo sometió a los docentes tras establecer el tope de 66, bajar la cantidad de horas y no ajustar el salario implicaría una reducción efectiva del ingreso de la mayoría.

Detalles

El documento propone la derogación de los artículos 1 y el 3 del decreto 14/91. A partir de allí, plantea un nuevo régimen de acumulación tanto para públicos como privados (ver cuadro). El borrador afirma que “las horas cátedra acumuladas en el máximo previsto constituyen dos cargos docentes”, pero en ningún momento se deja en claro cuál es la relación de cargo, que luego permite calcular el salario. Según los trabajadores, que marcharon en reclamo a la Legislatura el martes pasado, “al no aparecer la nómina de cargos -artículo 3 del decreto 14/91-, no se expresa claramente las horas de cada uno. Esto pone en riesgo la relación de cargo –hora cátedra, que hoy es de 17.1”.

En el artículo 3, que determina las incompatibilidades, tanto horarias como éticas y funcionales, se plantea otro dilema. El texto dice que “no podrán desempeñar cargos del tramo directivo en un mismo establecimiento docentes vinculados por relación de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad”. Según la directora y delegada de la Asamblea Provincial Docente, Myriam Bogarin, respecto a este tema el problema más grande no sería en los públicos. “No se puede tener ni un novio ni al marido trabajando en el mismo colegio, y hay que pensar que la mayoría de los privados son emprendimientos familiares. Es como prohibirlo en la administración pública. ¿Te imaginás al Indio Godoy? Se tendría que ir él, la hermana, la mujer, la hija, el hijo”, comparó la docente.

Otro fuerte cuestionamiento gira en torno al artículo 6 del borrador, que explica que un docente que en la actualidad tiene 66 horas asignadas puede mantenerlas hasta su “natural extinción”. Tan sofisticado término implica:
a. La renuncia voluntaria del agente.
b. El cese en los cargos u horas cátedra, por designación a término o presentación del titular en caso de suplencias.
c. El cese por cierre de cursos o divisiones, según el reglamento vigente.
d. La baja por disponibilidad, según el reglamento vigente.
e. El ascenso a un cargo de jerarquía superior en carácter de titular o permanentemente.

En cuanto a esto, Bogarin afirmó que “según confirmaron, el Estado va a salir a recorrer colegios para garantizar un máximo de 30 alumnos por curso. Pero sólo los colegios grandes tienen ese número. Por lo tanto, si no se cumple con la norma, se van a ir cerrando los cursos de aquellos que tienen 66 horas hasta que no haya más. A eso le llaman causas naturales.”

El reclamo formal

El documento que la Asamblea entregó en la Cámara de Diputados expresa un “rechazo contundente”, por considerar que el borrador “se contrapone al artículo 62 de la Constitución provincial, capítulo VI.”

Si bien el presupuesto 2010 no prevé aumentos en los salarios provinciales, tampoco se esperaba la posibilidad de un recorte docente tan grande. Ante esto, se solicita que las medidas que se pretenden aplicar “no afecten la situación laboral y la dignidad docente”, y que se restituya la relación 1-15, para que se aumente el valor de la hora cátedra y entonces tenga sentido lo que plantea el Gobierno.

También se pide el cambio del concepto “natural extinción”, y que se participe a todos los trabajadores del área en la toma de decisiones, no sólo a los cinco gremios, como hasta ahora viene haciendo la provincia.

A la expectativa

La situación de los trabajadores de la educación ya es crítica; tanto, que un gran porcentaje de los docentes que trabajan en el Estado también trabajarían en los privados, aunque no esté permitido. “Sumar otro puesto a las 66 horas cátedra de tope actual es cuestión de extrema necesidad o locura”, opinó la Directora. “Si se hace un cruce entre los que declararon por el privado y los que declararon por el Estado, seguramente se terminen iniciando sumarios”, especuló.

Según Bogarin, lo que se percibe en Salta ya es menor que en el resto de las provincias: “Tengo una hermana en Mendoza. Ella trabaja 36 horas cátedra, tiene casi la misma antigüedad que yo y gana lo mismo, cuando yo trabajo 66. Lo que proponemos, entonces, es que se haga la reducción, pero hablemos de salario”.

Tras la marcha del martes, el presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Godoy, reconoció a los docentes de la Asamblea como actores válidos en la discusión salarial. “Desde el punto de vista histórico, siempre los que terminaron discutiendo el salario fueron los autoconvocados”, respondió Godoy, al ser consultado por la actitud del ministro de Educación, Leopoldo Van Cawlaert, quien los dejó afuera de cualquier negociación del sector. Además, se comprometió a acercarle al Ministro el reclamo.

Su inclusión en la discusión salarial es necesaria, no sólo si se implementan las medidas del borrador de decreto. Luego de la caída de convocatoria en que resultó el descuento de las horas trabajadas por el paro de marzo, la Asamblea docente se reagrupa y espera una respuesta del Ejecutivo provincial.

martes, 15 de septiembre de 2009

Poder Pastoral mediático

Por Daniel Avalos

Lic. en Historia - ISEPCi Salta




Según los historiadores, el Poder Pastoral en el medioevo representaba el Poder de la Iglesia sobre la cristiandad. Era ejercido por los sacerdotes que aseguraban al rebaño la necesidad de soportar los pesares terrenales a cambio de la felicidad en el reino de los cielos. Concepción quietista, que inmovilizaba las conciencias sujetándolas y sofocándolas para mantenerlas tranquilas. Un rol parecido juegan hoy los medios concentrados de comunicación. La salvación está en el más acá: sujetan las conciencias ofertando disfrute e inmediatismo. Los sacerdotes de hoy, presentadores mesurados, conductores simpatiquísimos y políticos correctos, ante la amenaza de que una ley socave su asombroso Poder Pastoral mediático, súbitamente se han convertido en cruzados de la libertad de expresión. Seres de repente atravesados por fuertes convicciones y el coraje de solicitar al rebaño manso, desde las pantallas, no tranquilidad, sino un esfuerzo patriótico que nos arroje a la acción contra esa Ley. Ellos y los que defienden la Ley coinciden en la estrategia: tratar el tema en el escenario más adecuado a sus fuerzas. El problema es que, mientras para el oficialismo ese escenario es hoy, para ellos ese escenario es después de diciembre. La política local también se involucra. Urtubey juega a dos puntas, proclamando la necesidad de una ley de ese tipo, pero no entiende el apuro. Hasta Andrés Zottos sale de su ostracismo para referirse al tema y dice lo que todos en los medios dicen: "Pone en peligro la libertad de expresión y el acceso libre a la información (…) por las excesivas atribuciones que se otorgan al Poder Ejecutivo Nacional, como organismo de control". Los argumentos técnicos de uno y otro son múltiples, pero el problema de la libertad de expresión es el que más preocupa. Conviene entonces detenerse en ella. Para ello, es necesario abstraerse del debate de superficie que congela el escenario en la disputa “K” versus oposición y Clarín. Por debajo ocurren movimientos más profundos que enfrentan al Estado, máxima expresión de lo político, con las corporaciones económicas. Ante ello, el análisis del significado de la libertad de expresión no puede prescindir del análisis de las profundas modificaciones experimentadas por estas dos dimensiones de la vida social en los últimos cuarenta años.

Según la Sociedad Interamericana de Prensa, la libertad de expresión implica el libre acceso del periodismo a las escenas en donde se producen los acontecimientos de importancia de la sociedad, sin represión o riesgo de sufrirla en manos del Estado. La definición de la Asociación de Prensa Americana es más alberdiana: la define como una libertad que el Pueblo no delega en sus representantes, sino que la retiene para sí, por ser la que permite conocer la gestión de sus gobernantes y de allí lo absurdo que resultaría que estos reglamenten lo que el pueblo debe leer, ver u oír. La primera definición hace referencia a los periodistas y no a la industria mediática. La segunda se refiere a los contenidos, aspecto este que la ley no regula, salvo en lo relacionado a garantizar un 60% de contenidos locales por región y lugar en aquellos sitios en donde se creen radios y televisoras. Pero lo importante aquí es otra cosa. En esas definiciones, el Estado constituye el punto del conflicto, la dimensión capaz de obstaculizar la libertad de expresión, lo cual representaría el esfuerzo de los gobiernos por dejar en las sombras aquello que, en teoría, debe ser público. Siendo el Estado la máxima expresión de lo político, subyace entonces la idea de una política vampirezca. Una práctica que se mueve en la oscuridad y cuyo objetivo es mantener invisible lo que debería ser visible. Es esta la concepción que manejan los opositores a la ley. Por ello Carrió declara que, entre los intereses de los grupos concentrados y el peligro del totalitarismo estatal, va a defender a los primeros. Paradójicamente, el Partido Obrero concuerda. En una nota de tapa de su prensa declara: “Pero la estatización de la opinión o de la expresión puede ser incluso peor que el monopolio privado, porque el Estado concentra el poder político del capital, tienen el monopolio de la fuerza y opera por medio de una burocracia tanto o más conspirativa que los servicios privados”, y uno dice ¡caramba! Tanta vocinglería obrera estatista, y ahora resulta que el Estado que quieren conquistar es más perverso que los grupos privados. La duda se aclara pronto si seguimos leyendo esa nota, que después aclara: “En el programa de los socialistas del Partido Obrero, la abolición del monopolio privado y estatal sobre la información y la prensa constituye el primer paso hacia la disolución del propio Estado como instrumento histórico de coacción”. Y entonces uno respira. Comprende al fin que el Partido Obrero tiene la misma posición que la derecha en torno a la ley, pero que llega a ella a partir de razonamientos más ambiciosos: después de que protagonicen la revolución proletaria tomando el Estado, empezará la disolución del mismo para que ingresemos al comunismo definitivo en donde ni siquiera habrá Estado. Muchos piensan que se trata de un imposible; otros, los optimistas, que para ello falta mucho. Sea lo que sea, tamaña declaración confirma algunas cosas: que cierta izquierda ha “marcianizado” su estrategia en nombre de la pureza revolucionaria, al costo de una total exterioridad de sus planteos con respecto a las situaciones que se viven en el mundo terrenal.
En esa concepción estadocéntrica que explica la obstaculización de la libertad de expresión, anida un razonamiento extemporáneo. Pierde de vista profundos cambios ocurridos los últimos cuarenta años y subestima o encubre otros poderes que no se someten a la voluntad popular: los grandes grupos económicos. Entonces las amenazas a la libertad de expresión siguen recayendo exclusivamente en el Estado, dejando fuera del conflicto a otros poderes que han ganado una fuerza extraordinaria. La naturaleza de las conceptualizaciones puede explicarse: se trata de conceptos elaborados en el siglo XX, el siglo de máximo desarrollo y Poder de los Estados nacionales que lograron incidir de manera formidable en la vida económica, política y cultural de sus respectivas sociedades, al punto de que eran capaces de controlar los comportamientos y los sentimientos de sus respectivas sociedades. Un Poder que, en la era de la globalización, se ha reducido. Una era en donde la economía se ha independizado de la política y por ende de los Estados, en donde sus cuadros políticos y técnicos insisten en lo indeseable e improductivo que resultaría que la libre empresa y el mercado se regulen por normas ajenas a las de la propia economía. Un capital mediático, incluso, que posee una capacidad asombrosa para cumplir lo que antes era una función del Estado: controlar las conductas y los sentimientos de las sociedades. Una capacidad de penetración asombrosa en la conciencias de las personas, como se relatara al principio, pero también de arrojarse al juego político, en el sentido de articular fuerzas con otros sectores para subordinar las leyes a los intereses creados.
Es cierto, el Estado y la política son vampirezcos, ensombrecen lo que no quieren que se vea. De allí la misión del periodismo de alumbrar eso que otros oscurecen, como un hombre que, linterna en mano, dirige la luz de esta última en medio de una habitación oscura sobre aquello que otros quieren esconder. Pero tampoco caben dudas: las grandes corporaciones también hacen un elogio de la ceguera y de lo vampirezco. Existen ejemplos trágicos que simbolizan elocuentemente la emergencia de un nuevo tiempo y de nuevos actores: el asesinato de José Luis Cabezas es uno de ellos. Ocurrió en los noventa, época de auge del capital concentrado. Uno más de los supremos empresarios (Yabran) que desde entonces existen, no quería que su rostro fuera público. Era de los que accionaban desde las sombras, apegado a lo turbio, a lo poco transparente y a lo secreto. Cabezas osó hacer visible lo invisible, no con una linterna, sino con el flash de su cámara fotográfica y terminó como terminó. Mirar lo que no debe ser mirado en esta Argentina ha sido siempre una causa de muerte. Mirar todo lo que deba ser mirado es una apología de la libertad de expresión, cuyo obstaculizador pueden ser los Estados sin lugar a dudas, pero también hoy el capital concentrado que, iluminando hasta al hartazgo aquello que le interesa mostrar, es capaz también de invisibilizar todo aquello que no desea mostrar. Segmentar en partes iguales el espectro de ondas entre lo público, lo comercial y lo destinado a las organizaciones sin fines de lucro, más que obstaculizar la libertad de expresión, abre las posibilidades no sólo de equilibrar la asimétrica redistribución del Poder social que hoy favorece a élites internacionalizadas, sino que también convierte en una condición de posibilidad la efectiva democratización en el uso de las modernas tecnologías de la comunicación. Franca disputa política cuya contradicción principal no radica entre los Kirchner y Clarín, sino entre el Estado y las corporaciones, la política y la economía. Los argumentos en torno al supuesto revanchismo u oportunismo político de la gestión nacional, no deberían hacer perder de vista el sentido de la oportunidad que la centroizquierda parlamentaria aprovechó para lograr que el oficialismo elimine del proyecto el artículo que permitía a las empresas telefónicas entrar al negocio de la televisión por cable, a diferencia de aquellos que, en nombre de la prudencia y el debate dilatado, apuestan a una permanencia de las cosas en el punto que hoy se encuentran. Una permanencia que constituye siempre el espíritu profundo del pensamiento conservador.